En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó yerro en la sentencia impugnada, dictada por el 29º Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción de prescripción opuesta por los demandados.
Santiago, 11 de Enero de 2023.- La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rechazó en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta en contra de médico ginecólogo y de clínica privada, por la supuesta negligencia en la atención de parto.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada las ministras Inelie Durán Madina, Erika Villegas Pavlich y el abogado (i) José Ramón Gutiérrez Silva– descartó yerro en la sentencia impugnada, dictada por el 29º Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción de prescripción opuesta por los demandados.
“Que de la lectura de la sentencia impugnada, se puede advertir que la omisión acusada por la parte recurrente, no irrogó a esta perjuicio alguno que amerite la nulidad de lo obrado por el tribunal de primera instancia, toda vez, que este denegó la acción, en virtud de declarar que concurría en la especie la excepción de prescripción opuesta por los demandados, cuestión esta última, que en nada se vincula con las posibilidades de acreditación, por parte de los actores, de la negligencia médica que atribuyen a sus contendores y, de los daños morales cuyo resarcimiento reclaman a causa de ello”, plantea el fallo.
“De esta manera, y por aplicación de lo dispuesto en el inciso penúltimo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, antes citado, el arbitrio en estudio deberá ser desestimado”, añade.