La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dicta el Programa de Fiscalización para la Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana, el cual, contiene priorizaciones y estrategias de fiscalización de cada uno de los servicios públicos participantes.
Santiago, 1 de mayo de 2022. A partir de hoy comienza el período de Gestión de Episodios Críticos (GEC) en el marco del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Santiago, el cual se extiende hasta el 31 de agosto. En ese contexto, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) es la entidad encargada de dictar el Programa de Fiscalización para la GEC de la Región Metropolitana, que contiene las priorizaciones y estrategias de fiscalización de cada uno de los servicios participantes.
El Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Santiago establece que todos los años, en la época de mala ventilación atmosférica, se apliquen acciones para contrarrestar los episodios críticos, como la restricción vehicular, medida fiscalizada por la Seremi de Transportes; la prohibición del uso de calefactores a leña en toda la región, medida fiscalizada por la Seremi de Salud; o la paralización de industrias que no cumplan con su plan de reducción de emisiones, medida que fiscaliza la SMA directamente. CONAF y SAG también forman parte del equipo de fiscalización en materia de quemas agrícolas.
Las principales fuentes de emisiones de contaminantes, en un año normal, son el Transporte (39%, que se divide en maquinaria 20% y automóviles 19%), Leña (38%) e Industria (15%). En ese sentido, el PPDA considera medidas estructurales y de largo plazo para estas fuentes, y de corto plazo a través de la GEC para prevenir la exposición innecesaria de la población a altos niveles de Material Particulado Fino, durante los 4 meses en que las condiciones de ventilación son las más adversas en la cuenca de Santiago.
“La Superintendencia del Medio Ambiente es la encargada de coordinar la fiscalización del Plan de Descontaminación. En cuanto a su acción directa, fiscalizaremos a los 61 Grandes Establecimientos que deben entregar su Plan de Reducción de Emisiones para su aprobación y posterior cumplimiento de las reducciones comprometidas. Quienes no cumplan con su plan o no cuenten con el mismo, deberán paralizar en episodios de pre-emergencia y emergencia”, explica Emanuel Ibarra, Superintendente del Medio Ambiente (S).
La autoridad añade: “Es importante destacar que las empresas o grandes establecimientos hoy contribuyen con un 15% de las emisiones de Material Particulado en la Región Metropolitana, situación que mejoró en relación a la que realidad existente hace 10 años atrás, debido a las mejoras tecnológicas y las nuevas exigencias normativas. Sin perjuicio de lo anterior, nuestra fiscalización y la que ejercerán los otros organismos competentes seguirá estando enfocada en aquellas industrias, las quemas, el uso de leña y transporte”.
Como parte del seguimiento de la fiscalización, los servicios públicos que fiscalizan las distintas medidas deberán informar semanalmente a la SMA, mediante formulario electrónico dispuesto para tales fines, el número de fiscalizaciones realizadas. Al término del período GEC, la Superintendencia elaborará un informe consolidado con los resultados de la fiscalización, el cual se dispone a todas las personas interesadas a través de nuestros canales digitales.