País: Corte de Apelaciones de Santiago rechaza recurso de nulidad y confirma condena por robo con violencia

En fallo unánime, Cuarta Sala rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que condenó a Andrés Pizarro Sánchez a la pena de 11 años de presidio efectivo, como autor del delito consumado de robo con violencia. Ilícito cometido en diciembre de 2019, en la ciudad.

Santiago, 16 de Agosto de 2022.- La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a su representado, Andrés Felipe Pizarro Sánchez, a la pena de 11 años de presidio efectivo, como autor del delito consumado de robo con violencia. Ilícito cometido en diciembre de 2019, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 2.912-2022), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Antonio Ulloa, la ministra Ana María Osorio y el abogado (i) Jorge Benítez– descartó infracción al principio de razón suficiente en la sentencia impugnada, dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

“Atento lo que se viene señalando, se constata que el tribunal desechó la declaración del enjuiciado y la tesis alternativa de la defensa, en base a la prueba producida en la audiencia, la que logró demostrar la concurrencia de los presupuestos del ilícito de robo con violencia por el cual fuera acusado Pizarro Sánchez y en definitiva, condenado, descartando por las razones latamente explicitadas en la motivación undécima, la recalificación jurídica de los hechos postulada por la defensa; no siendo efectivo que se concluyera de la forma en que se hizo, en base a la libre convicción y vulnerando los límites impuestos por el artículo 297 del Código Procesal Penal, desde que el fallo impugnado se justifica debidamente en motivaciones suficientemente coherentes, que se obtienen del análisis y de la valoración de la prueba producida en la audiencia de juicio oral”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “En estas condiciones, el examen del recurso permite advertir que el reproche que se efectúa a la sentencia se circunscribe al valor probatorio que el tribunal de base le otorgó a los elementos de convicción y al razonamiento empleado para dar por establecida la intervención del condenado en el delito antes precisado, como se desprende de su texto, en el que se cuestiona reiteradamente el mérito que se otorgó a determinados elementos de convicción y a los testimonios de las víctimas, los que, en interpretación del arbitrio, resultaban inidóneos para comprobar un delito –en palabras del recurso, de robo con intimidación– y la consecuente participación en él del acusado”.

“A lo reflexionado, cabe aunar que, en todo caso, no obstante la doctrina citada y la aseveración de haberse infringido los principios de la lógica en su expresión ‘razón suficiente’, el recurso no logra explicar cómo se habría producido tal transgresión, limitándose a realizar una valoración de las probanzas, lo que en caso alguno constituye la causal de nulidad invocada, lo que es un fundamento más para desestimar el presente arbitrio”, concluye.

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