La audiencia de lectura de la sentencia –que será redactada por la magistrada Loreto Yáñez– quedó agendada para las 20.00 horas del próximo domingo 12 de septiembre.
Puerto Montt, 07 de Septiembre de 2021.- El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt dictó hoy –martes 7 de septiembre– veredicto condenatorio en contra de Rodrigo Alejandro Bustos Guajardo, subteniente de Carabineros, en calidad de autor del delito consumado de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves. Ilícito perpetrado en enero del año pasado, en la comuna.
En forma unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Patricia Miranda Alvarado (presidenta), Francisco Javier del Campo y Loreto Yáñez Sepúlveda (redactora)– tras la deliberación de rigor, dio por establecido tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del condenado en los hechos.
El 26 de enero de 2020, alrededor de las 23:30 horas, el subteniente de Carabineros Rodrigo Alejandro Bustos Guajardo, mientras desempeñaba funciones propias de su cargo relacionado con el resguardo del orden público, en las calles aledañas a la Plaza de Armas de Puerto Montt, disparó con una carabina lanzagas stopper un proyectil lacrimógeno directamente a un grupo de personas que se encontraban en ese lugar, impactando en la cabeza a la víctima, “ejerciendo violencia innecesaria y sin motivo racional, dado que en el sector en que se encontraba la adolescente, no había más de 30 personas, sin que hubiera desorden o alguna situación que ameritara la intervención policial y el uso de disuasivos químicos, sin que se dieran los presupuestos establecidos en el Protocolo Sobre Empleo de Disuasivos Químicos, Orden General 2635 de la Dirección General de Carabineros contenido en la Circular 1832 sobre Uso de la Fuerza de la Dirección General de Carabineros de Chile, ambos de fecha 1 de marzo de 2019”, consigna el acta de deliberación.
“A consecuencia de la acción del Subteniente Rodrigo Bustos Guajardo, la víctima sufrió una fractura expuesta conminuta temporal derecha y un traumatismo craneoencefálico asociado a contusión hemorrágica y hemorragia subaracnoidea, que requirió intervención de neurocirugía y que tienen un tiempo de recuperación mínimo de entre 45 a 60 días, para realizar funciones, y que provocan secuelas neurológicas con un rango no determinado de tiempo, de carácter clínico grave”, agrega.
La audiencia de lectura de la sentencia –que será redactada por la magistrada Loreto Yáñez– quedó agendada para las 20.00 horas del próximo domingo 12 de septiembre.