El descanso para trabajadores del sector Comercio se extenderá entre las 21 horas del jueves 30 de abril y las 06:00 horas del sábado 2 de mayo.
Santiago, 30 de Abril de 2026.- La Dirección del Trabajo (DT), anunció la implementación de un programa nacional de fiscalización con motivo del feriado obligatorio e irrenunciable del Día Internacional de los Trabajadores, que se extiende desde las 21:00 horas del jueves 30 de abril hasta las 06:00 horas del sábado 2 de mayo de 2026.
Este feriado, que beneficia a los trabajadores del comercio, es uno de los cinco establecidos por ley como obligatorios e irrenunciables, junto al 1 de enero, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre.
La Dirección del Trabajo habilitó un canal de denuncias través del sitio web institucional y del Centro de Atención Telefónica (600 450 4000).
Entre las principales infracciones se encuentran no otorgar el feriado obligatorio e irrenunciable, no respetar el descanso bianual para trabajadores exceptuados y no iniciar el descanso dentro del horario establecido. Las multas pueden alcanzar hasta 20 UTM por cada trabajador afectado, dependiendo del tamaño de la empresa.
La DT recordó que, en caso de constatarse incumplimientos, se procederá a la suspensión inmediata de las actividades del local fiscalizado, además de la aplicación de sanciones administrativas correspondientes.
Finalmente, la autoridad reiteró que los locales atendidos directamente por sus dueños o familiares pueden funcionar durante este feriado, al no existir relación laboral.









