Santiago, 09 de Junio de 2022.- Con el fin de resguardar la salud de los habitantes, y debido a las malas condiciones de ventilación y la estabilidad atmosférica de la cuenca, sumadas a un incremento sustantivo de las emisiones contaminantes registradas el día de hoy y las proyectadas para mañana, la Delegación Presidencial de la Región Metropolitana –por recomendación de la Seremi del Medio Ambiente RM- declara de manera preventiva para este VIERNES 10 de junio de 2022, PREEMERGENCIA AMBIENTAL, en la Región Metropolitana.
Durante el día de hoy jueves 9 de junio, se observó un régimen anticiclónico en superficie que dio paso a circulación ciclónica y aproximación de dorsal en altura, registrándose una mínima de 4,3 °C (Pudahuel 08:16 horas) y una máxima de 16°C (Pudahuel 14:22 horas).
De acuerdo a la Dirección Meteorológica de Chile (DMC) para mañana viernes 10 de junio, se prevé vaguada costera y dorsal en altura con temperaturas entre 3°C y 23°C. Además, no existe probabilidad de advección hacia la cuenca de la Región Metropolitana.
Las autoridades regionales hacen un especial llamado a la población a respetar las medidas excepcionales decretadas con este episodio, especialmente la prohibición de encender calefactores a leña y derivados de la madera, incluidos pellets, en toda la Región Metropolitana, medida que será fiscalizada por la SEREMI de Salud de la RM, en conjunto con los municipios y Carabineros de Chile.
Se recuerda que, en PREEMERGENCIA, al Transporte de Carga Con Sello Verde (camionetas, furgones y camiones) se le aplica restricción vehicular de dos dígitos. También se mantiene la prohibición de realizar Quemas Agrícolas en toda la RM, ambas restricciones serán fiscalizadas por la SEREMI de Transportes RM, Carabineros de Chile, CONAF RM y SAG.
A contar de este año, los Grandes Establecimientos Industriales que no hayan presentado sus Planes de Reducción de Emisiones o no estén cumpliendo las metas a las cuales se comprometieron deberán paralizar sus actividades desde la medianoche de hoy. Se solicita a los titulares acatar la restricción, cuya fiscalización la realizará la Superintendencia del Medio Ambiente.
Medidas
1. Restricción Vehicular
a. Restricción para Autos Con Sello Verde:
(anterior septiembre 2011)
No podrán circular entre las 07:30-21:00 horas, al interior del Anillo Américo Vespucio. 8-9
b. Restricción para Autos Sin Sello Verde y Motos 2002:
Se mantiene la restricción permanente de transitar al interior del Anillo Américo Vespucio a todos los vehículos. Se suma la restricción a 6 dígitos fuera del Anillo (Provincia de Santiago más las comunas de Puente Alto y San Bernardo). No pueden circular entre las 07:30 y 21:00 horas:
Fuera del perímetro delimitado por el Anillo Américo Vespucio, pero dentro de la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente alto, los autos y motos con patentes terminadas en: 6-7-8-9-0-1
c. Restricción Permanente para Motos 2010: 8-9
d. Restricción al Transporte de Carga Con Sello Verde:
Se restringe la circulación al Transporte de Carga Con Sello Verde al interior del Anillo Américo Vespucio, de 2 dígitos aleatorios, entre las 10:00 y las 18:00 horas. Rige para todo vehículo de carga con Sello Verde (camionetas, furgones y camiones) de cualquier año de fabricación. 2-3
e. Restricción Permanente a vehículos de Transporte de Carga Sin Sello Verde:
Se suman 4 dígitos aleatorios a la restricción de circular al Transporte de Carga Sin Sello
Verde al interior del Anillo Américo Vespucio, entre las 10:00 y las 18:00 horas.
Rige al interior del Anillo Américo Vespucio, entre las 10:00 y las 18:00 horas. 6-7-8-9-0-1
f. Buses de Transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales Sin Sello Verde.
Se restringe la circulación, entre las 10:00 y las 16:00 horas, en la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto. 6-7-8-9-0-1
2. Paralización Grandes establecimientos Industriales
Se ordena la paralización de los grandes Establecimientos de acuerdo al Decreto Resolución Exenta N°725 del 13 de mayo de 2022 (SMA).
La restricción rige por un período de 24 horas renovables, a partir de la medianoche de hoy, a los siguientes Grandes Establecimientos:
Gran Establecimiento
ACEROS CHILE S.A.
CONSORCIO SANTA MARTA S.A.
EVERCRIPS SNACK PRODUCTOS DE CHILE S.A.
EXTRUDER S.A.
FABRICAS Y MAESTRANZA DEL EJERCITO
INDS. PROFAL S.A.
MANUEL MORALES MENESES
PROC. Y EXTRUSORA DE ALIMENTOS LTDA.
3. Quemas Agrícolas. Prohibición de Quemas Agrícolas en toda la Región Metropolitana, entre el 15 de marzo y el 30 de septiembre.
Para denuncias de Quemas Agrícolas: 130 CONAF
4. Calefacción Residencial. No podrán funcionar los calefactores de uso residencial que utilicen combustibles sólidos, tales como leña, y otros derivados de la madera, excepto calefactores a pellets de madera, en toda la Región Metropolitana.
La fiscalización y sanción de esta medida, en caso de incumplimiento, corresponderá a la Seremi de Salud RM, conforme a sus atribuciones.
Para denuncias de uso de Calefactores a Leña llamar al 600 360 7777.
Carabineros y los municipios reforzarán las acciones fiscalizadoras de la autoridad sanitaria.
5. Actividades Deportivas. El Ministerio de Educación -a través de la Seremi de Educación RM- sugiere que, en los días de Preemergencia Ambiental, las clases de Educación Física no se suspendan, sino que se modifique la intensidad de sus actividades, abordando aquellos objetivos de aprendizaje y contenidos más específicos que no requieran un mayor consumo de oxígeno, idealmente realizándolas bajo techo. Esta medida debe ampliarse a los recreos y/o a las pausas educativas.