Santiago, 04 de Marzo de 2022.- El Pleno de la Convención votó en general el primer informe sobre Medio Ambiente, aprobando el artículo que reconoce la existencia de la crisis climática y ecológica como consecuencia de la actividad humana, por lo que pasará a ser votado en particular.
El artículo fue aprobado por 110 votos a favor, 26 en contra y 13 abstenciones, establece que es «deber del Estado desarrollar acciones y adoptar medidas en todos los niveles para la gestión de los riesgos, vulnerabilidades y efectos provocados por la crisis climática y ecológica».
Agrega que «en función de los principios de acción climática justa, progresividad y no regresión, justicia intergeneracional, los derechos de los pueblos indígenas y la Naturaleza, y los principios establecidos por la Constitución y las Leyes», además «la ley establecerá los deberes del Estado y de las personas para enfrentar la crisis climática y ecológica».
También, «el Estado promoverá el diálogo, cooperación y solidaridad internacional para adaptarse, mitigar y afrontar la crisis climática y ecológica y proteger la Naturaleza».
El coordinador de la comisión de Medio Ambiente Juan José Martin, señaló que los artículos en materia de crisis climática expresan una línea clara sobre los deberes del Estado al respecto «cuáles son sus deberes para combatir esta crisis, cuáles son sus deberes en cuanto a cooperación internacional y la institucionalidad que debe crear para hacerse cargo de estas tareas».
Hoy las normas aprobadas serán votadas en particular y de ser aprobadas también serán integradas en el borrador de la nueva Constitución.
Muchas normas fueron devueltas a la comisión para ser discutidas y mejoradas, tras lo cual volverán al Pleno en un nuevo informe, entre ellas:
El artículo 1 que señala que » Un servicio para enfrentar la crisis climática y ecológica, dependiente del Ministerio del Medio Ambiente, será el órgano, de carácter técnico encargado de abordar de manera trasndiciplinaria e integral la crisis climática y ecológica» fue rechazada por 58 votos a favor, 68 en contra y 25 abstenciones.
El artículo 31 sobre Responsabilidad en materia ambiental «El Estado, por medio de sus órganos competentes, perseguirá la responsabilidad administrativa, civil y penal por los hechos u omisiones que vulneren los derechos de la naturaleza. La responsabilidad será estricta, incluyendo casos de daños provocados de manera difusa entre varios agente. La autoridad podrá de oficio o a petición de parte implementar mecanismos de ejecución y de cumplimiento oportuno y efectivo de sus resoluciones», fue rechazada por 67 votos a favor, 55 en contra y 30 abstenciones.