Valparaíso, 22 de octubre de 2026.- La iniciativa, impulsada por por la bancada de Renovación Nacional, propone que los beneficios de reducción de condena para sentenciados por delitos sexuales se rijan por la ley vigente al momento de resolver su otorgamiento. Además, contempla dejar sin efecto beneficios concedidos administrativamente durante los seis meses previos a la entrada en vigencia de la reforma.
Frente a la controversia generada por las rebajas de condena otorgadas a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad, la bancada de diputados de Renovación Nacional presentó una reforma constitucional para establecer reglas claras sobre la aplicación temporal de los beneficios penitenciarios e impedir que interpretaciones retroactivas permitan reducir el tiempo efectivo de cumplimiento de estas condenas.
La iniciativa, impulsada por la diputada Ximena Ossandón y respaldada por la bancada RN, surge en medio del debate por los 56 decretos de rebaja de condena dictados por el Ministerio de Justicia entre marzo y septiembre de 2026, de los cuales 27 corresponden a condenados por abuso sexual de menores y 29 a condenados por violación, según los antecedentes publicados por Interferencia, y que según datos obtenidos por Emol, de los 332 beneficios otorgados durante los últimos gobiernos, 276 fueron realizados durante el gobierno de Gabriel Boric y 56 en la actual administración.
Para los parlamentarios RN, si bien estas decisiones responden a criterios establecidos previamente por la Corte Suprema, esta situación hace necesario avanzar en una modificación constitucional que entregue certeza jurídica y evite que los beneficios de reducción de condena en delitos sexuales queden sujetos a interpretaciones contradictorias.
La propuesta busca establecer expresamente en la Constitución que la procedencia de los beneficios de reducción de condena o de otras formas de término anticipado de penas privativas de libertad, tratándose de condenados por delitos sexuales, se determine conforme a la legislación vigente al momento de resolver su otorgamiento.
La reforma no busca modificar retroactivamente las penas impuestas por los tribunales, sino establecer qué legislación debe regir los beneficios penitenciarios posteriores a la condena. Sus fundamentos sostienen que, mientras un beneficio no haya sido concedido, existe una expectativa y no un derecho adquirido a obtenerlo.
Asimismo, la iniciativa incorpora una disposición transitoria para que la nueva regla se aplique a las solicitudes y procedimientos pendientes de resolución, cualquiera sea la fecha en que se cometió el delito. También establece que los beneficios concedidos por resolución administrativa a condenados por delitos sexuales durante los seis meses anteriores a la publicación de la reforma queden sin efecto de pleno derecho.
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La bancada también plantea que las garantías del Estado de Derecho deben resguardarse pero que estas no pueden confundirse con la existencia de un derecho automático a obtener reducciones de condena o mecanismos de egreso anticipado. El objetivo es establecer un criterio constitucional uniforme que impida que decisiones sobre beneficios penitenciarios terminen debilitando el cumplimiento efectivo de las penas.
La reforma constitucional es impulsada por la diputada Ximena Ossandón y cuenta con el respaldo de los diputados RN Carlos Chandía, Juan Carlos Beltrán, Francisco Orrego, Daniel Valenzuela, Eduardo Durán, Diego Schalper y Mauro González, además de la diputada Claudia Mora y el diputado Jorge Guzmán (EVO).









