En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad entablado por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a Wilmer Almanza García a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito cometido en octubre de 2022, en el centro de la ciudad.
Santiago, 27 de Noviembre de 2024.- La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad entablado por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a Wilmer Almanza García a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito cometido en octubre de 2022, en el centro de la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 5.773-2024), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maritza Villadangos, Carolina Brengi y la abogada (i) Paola Herrera– descartó errores en la valoración de la prueba en la sentencia impugnada, dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.
“Que, por consiguiente, tratándose de la valoración de la prueba rendida en el proceso, el legislador fijó como criterio, que los sentenciadores eran soberanos en la apreciación y ponderación de la prueba, por lo cual no se observa en este caso que este haya infringido los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos afianzados, dando razón suficiente de su decisión”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, por el contrario, la tesis sostenida por la defensa en orden que el acusado no se encontraba en ese lugar y fue confundido con otra persona, escapa de toda lógica y credibilidad, lo que ha sido desvirtuado y corroborado por los sentenciadores en los razonamientos vertidos en la sentencia y a los que se hizo referencia en los motivos anteriores”.
“Que, por lo razonado, se concluye que no se infringió el principio de razón suficiente, por lo que esta causal no podrá prosperar y deberá desecharse el recurso de nulidad”, concluye.