Superintendente Hugo Sánchez destacó que el 92% de los deudores que han accedido a este trámite han logrado un acuerdo con sus acreedores, por lo que no pierden sus bienes para pagar sus compromisos financieros.
Santiago, 15 de Septiembre de 2021.- Ante la llegada de septiembre, uno de los meses en que las personas tradicionalmente presentan un alto nivel de endeudamiento, el Superintendente de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), Hugo Sánchez, invitó a quienes tienen problemas en mantenerse al día en el pago de sus obligaciones a que se informen sobre el Procedimiento Concursal de Renegociación de Persona Deudora, un procedimiento administrativo y gratuito, tramitado íntegramente ante la Superintendencia que permite renegociar las deudas para evitar llegar a un estado de sobreendeudamiento severo y al riesgo de perder bienes en procedimientos de ejecución..
“La prevención es clave en muchos aspectos de la vida y el ámbito financiero no es la excepción. Y específicamente, en materia de endeudamiento, es importante siempre anticipar el alto nivel de gastos que se pueda avecinar, especialmente ahora durante este mes”, comentó la autoridad.
Explicó que a diferencia de la posibilidad del deudor de repactar individualmente con algunos de sus acreedores, “en este proceso se reúne en un mismo lugar a todos los acreedores y al deudor, quien ofrece, con la asistencia de los profesionales de la Superintendencia, una propuesta de pago respecto de todas sus deudas, acorde a su capacidad de pago”.
En caso de existir acuerdo, “la persona recibe de parte de los acreedores beneficios tales como más plazo para cumplir con sus obligaciones, intereses más bajos e incluso puede obtener meses de gracia para poder cumplir con todos sus acreedores”, resaltó el Superintendente.
De acuerdo con los datos de la Superir, el 92% de los deudores que han accedido a la renegociación han logrado una tramitación exitosa.
Para realizar el trámite, el cual dura en promedio 3 meses, se debe ingresar a www.superir.gob.cl y los requisitos son: tener al menos dos deudas vencidas, por más de 90 días, y que en total todas sumen más de 80 U.F., no haber emitido boleta de honorarios en los 24 meses anteriores a la solicitud y no haber sido notificado de una demanda judicial por deuda.
Información sobre las oficinas de la Superir a lo largo del país se encuentra disponible en su página web, sección Oficinas Regionales.