Cartas: Declaración Pública Asociación de funcionarios Aduana Iquique

Iquique, 13 de Septiembre de 2021.-

La Asociación de funcionarios Aduana Iquique, ante la actuación del Ministerio Publico en Tarapacá, quienes con fecha 09 de septiembre del 2021 dan a conocer en su sitio oficial sobre un veredicto condenatorio señalando: “Condenan a funcionaria de Aduanas por torturas y apremios ilegítimos” posteriormente difundida en los diferentes medios sociales, de circulación local, regional y nacional, declaran lo siguiente:

Los Aduaneros y Aduaneras de Iquique, creen firmemente en la inocencia de nuestra colega. Respaldamos sus 11 años como funcionaria del Servicio Nacional de Aduanas, de los cuales mantiene una carrera intachable, por lo que entregamos todo nuestro apoyo en este injusto proceso en su contra.

A su vez, exigimos respeto y cumplimiento con la misión que la Ordenanza de Aduanas, las Leyes y la
Constitución de la Republica nos mandatan. Como institución pública, el Servicio Nacional de Aduanas cumple funciones claves para el desarrollo del país, ya que tiene un rol preponderante en materia de comercio exterior, especialmente, en la facilitación y agilización de las operaciones de importación, exportación, a través de la simplificación de trámites y procesos. Siendo además reconocida como la primera línea de protección para la lucha en contra del tráfico o contrabando de drogas u otros ilícitos en los diferentes puntos de control de nuestro país.

La Dirección Regional de Aduana Iquique, en materia referente a Ley 20.000, en los tres últimos años ha realizado 902 denuncias por este delito, 1.198 procedimientos, logrando la incautación de 5.403.496,36 kilos de diferentes drogas o estupefacientes. Destacada labor que cumplen nuestros funcionarios, las que van en beneficio a la ciudadanía, al ser sacadas de circulación, evitando un grave daño a la salud de las personas.

Que, en cumplimiento de sus labores como funcionaria fiscalizadora de la Unidad de Drogas, protegiendo al país del flageló de las drogas, la funcionara J.S.R en los meses de junio y agosto del año 2019 encontrándose en la Avanzada El Loa, participa de procedimientos Ley 20.000, donde con posterioridad haber finalizado y entregado los procedimientos con sus respectivas detenidas sin novedad u observaciones, es la Policía de Investigaciones de Chile quien denuncia que las imputadas habrían recibido apremios ilegítimos por parte de la funcionaria de aduanas, lo que da inicio a un Sumario Administrativo por parte del Servicio Nacional de Aduanas y se abre una investigación por parte de la Fiscalía Local de Iquique.

El sumario administrativo concluye señalando que conforme al mérito de los antecedentes, documentos y pruebas que constan en el sumario, existe la convicción de que respecto a la funcionaria no se ha establecido una infracción administrativa en los hechos que la constituyen, siendo absuelta de cualquier responsabilidad administrativa.

Del proceso penal llevado por el Ministerio Publico, a cargo del Fiscal Sr. Juan Zepeda E., se encuentra pendiente, por no existir una sentencia firme y ejecutoriada en contra de la funcionaria J.S.R. Por lo que rechazamos tajantemente la acción realizada por el Ministerio Publico, al publicar la individualización de nuestra colega y asociada, en los términos de la Ley N° 19.628, considerando que se ha atentado insoslayablemente contra el derecho fundamental de la “Presunción de Inocencia”, exigencia mínima de cualquier proceso penal, en virtud del cual toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado y ejecutado judicialmente la sentencia con autoridad de cosa juzgada.

La divulgación de datos y/o identidad de nuestra colega, constituye un hecho reprochable, indeleble e incontrarrestable, que rechazamos y condenamos categóricamente, pues se atenta contra el derecho al recurso, el que forma parte integrante del derecho al debido proceso, y que ha sido reconocido expresamente en tratados internacionales, ratificados por Chile. Por otra parte, debe evitarse por el órgano persecutor razonablemente la lesión innecesaria que provoca la divulgación de la identidad, en tanto, no haya seguridad o certeza jurídica.

Todo lo anterior, ha confluido para posicionar a nuestra colega, sus hijos y familia, en una especial situación de vulnerabilidad al verse expuesta a enjuiciamientos sociales y públicos a través de medios de comunicación, que ponen en riesgo su derecho a la integridad física y psíquica, de igualdad ante la Ley, a la honra, dignidad y nombre, provocando un daño social, familiar y laboral, pudiendo ser irreversible.

La gravedad de los hechos descritos, exigen que el Ministerio Publico, en cumplimiento del respeto de los Derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, consagrados en la Constitución Política de la República, adopte todas las medidas que estén a su alcance para garantizar la no repetición de hechos como los denunciados

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