Cámara aprobó admisibilidad de acusación constitucional contra Antonio Ulloa

Tras desecharse la apelación de la defensa de que el libelo no cumplía con los requisitos formales, se pasó al debate de fondo, donde se concluyó con la aprobación de la admisibilidad de la acusación que ahora pasará a defenderse ante el Senado a través de una comisión especial.

Valparaíso, 29 de Octubre de 2025.- Tras cerca de cuatro horas de análisis y debate, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, por 141 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, la admisibilidad de la acusación constitucional presentada en contra del ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa.

El proceso se desarrolló en dos tramos. En la primera parte, la defensa del juez Ulloa, el abogado Domingo Hernández, planteó la denominada “cuestión previa”. A través de esta figura, se impugna la correspondencia formal del libelo. Luego, expusieron dos de los cinco integrantes de la comisión que analizó la acusación. Finalmente, la Sala optó por desestimar dicha apelación de la parte defensora y pasar directamente a la discusión del fondo.

La segunda franja de la sesión partió con la presentación del informe de la citada comisión, a cargo de la diputada Alejandra Placencia. Seguidamente, el abogado Hernández expuso sus consideraciones para rechazar la acusación.

Cabe mencionar que, tras la decisión de Sala de la Cámara, el juez Ulloa quedará suspendido en sus funciones. Sólo cesará dicha medida si el Senado desestima la acusación.

El Senado, en tanto, tiene 30 días para pronunciarse sobre la acusación. Para ello, se citará al acusado y a la comisión designada para formalizar y proseguir con la acusación, instancia que estará conformada por la diputada Carolina Tello y los diputados Daniel Manouchehri y Eric Aedo.

En una sesión distinta, intervendrán el acusado o su defensa. Además, las y los diputados integrantes de la comisión pueden replicar o contestar a la defensa. Posteriormente, en otra jornada, se vota la acusación en el Senado, que resolverá como jurado.

Si el Senado declara culpable a Antonio Ulloa, éste quedará destituido de su cargo. Además, no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no de elección popular, por cinco años.

Comisión acusación
En su exposición, la diputada Alejandra Placencia, quien presidió la comisión que analizó el libelo, repasó el contenido del documento y explicó los elementos que sustentan los tres capítulos que lo componen.

Respecto del primer capítulo, señaló que la acusación atribuye al magistrado haber faltado gravemente al deber de reserva. Esto, a partir de chats con el abogado Luis Hermosilla donde habría enviado resoluciones del pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago antes de su firma o publicación. De esta forma, divulgó decisiones de carácter reservado a un tercero ajeno a las causas.

En cuanto al segundo capítulo, relativo al notable abandono de deberes, indicó que los hechos descritos no constituirían infracciones administrativas aisladas, sino un patrón sistemático y grave de inconductas que habría comprometido los deberes esenciales del cargo. De acuerdo con el libelo, estas conductas afectaron la integridad del sistema judicial y generaron una pérdida de confianza pública en su imparcialidad e independencia.

Finalmente, señaló lo antecedentes del tercer capítulo que lo acusa de vulnerar del deber de abstención e imparcialidad. Aquí la diputada explicó que el libelo sostiene que el ministro Ulloa habría incurrido en incumplimientos reiterados y manifiestos de las exigencias de rectitud y ejemplaridad que impone la Constitución a todo magistrado. Según se plantea, dichas conductas afectaron la credibilidad institucional y la recta administración de justicia, configurando una infracción constitucional.

Los diputados acusatorios se refirieron a la intervención indebida en nombramientos judiciales. La diputada precisó que el libelo describe acciones orientadas a influir en ternas y quinas de designaciones, así como comunicaciones privilegiadas con un abogado litigante. Estas prácticas habrían vulnerado los deberes de probidad, independencia e imparcialidad, al utilizar su posición para favorecer a personas afines a sus intereses.

Defensa del ministro Ulloa
En los descargos, Domingo Hernández sostuvo que en esta acusación “brilla por su ausencia el principio de objetividad”. Así, criticó que en la investigación de la comisión no se diera espacio a considerar los 35 años de carrera del magistrado. Sobre el punto, por ejemplo, destacó su participación en fallos relevantes, su integración en asociaciones gremiales o sus notas de mérito.

Comentó que en los capítulos del libelo no concurren ninguna de las tres causales de notable abandono de deberes. Aún más, no se toma en consideración la situación extrema a que refiere esa medida y se limita a replicar denuncias de prensa.

Desestimó las acusaciones de falta de probidad y de vulnerar el secreto de fallos. Según observó, es una práctica habitual hoy en día dar publicidad a las sentencias. Acotó, además, que la restricción normativa que impide entregar comunicaciones se refiere expresamente a los relatores. “No es punible cuando quienes filtran antes de la notificación son los propios ministros del acuerdo”, agregó.

Dijo que en los casos mencionados en la acusación no se comprobó que hubo presiones de Hermosilla. Tampoco habría pruebas de que hubo recompensas o lucro por la información entregada.

Alertó que la Corte Suprema desestimó once de las imputaciones que se le hicieron al ministro por carecer de sustento. “No violentaron el deber de imparcialidad”, afirmó. En todo caso, reconoció que hubo bases para estimar necesario una sanción de suspensión de dos meses. Pero agregó que esto se determinó, en vez de la remoción, porque no hubo pruebas suficientes de que el ministro haya conocido el patrocinio de estas causas.

Finalmente, entre otras consideraciones, interrogó a la Sala si hay algún hecho que sustente que el juez Ulloa expresó una opinión previa sobre un asunto llamado a fallar. “No hay nada de eso”, remarcó.

Opiniones de la Sala por la acusación
Daniel Manouchehri planteó que la votación de hoy busca romper la red de corrupción que existe en el Poder Judicial. Mencionó que el juez Ulloa fue nombrado gracias a la gestión de Luis Hermosilla, a quien entregaba luego información reservada para qué éste sacara ventajas impropias. Estimó que el magistrado “es parte de una red social y poderosa, donde compartía con abogados – imputados por cohecho y soborno- y, luego, fallaba a favor de sus causas, sin inhabilitarse”.

Para Daniella Cicardini, “más daño le hace a nuestra sociedad un juez corrupto que cien delincuentes sueltos”. Enfatizó que aquí está en juego la credibilidad del sistema judicial. Además, aclaró que el deber del Congreso no es reemplazar a los tribunales, pero sí responder a la ciudadanía cuando se amenaza la democracia.

Johannes Kaiser consideró que el mismo sistema impulsa a que se produzcan irregularidades en el nombramiento de jueces. Estimó que está diseñado para que magistrados busquen nexos y usen el “besamanos” para avanzar en el Poder Judicial. Asimismo, afirmó que no existe independencia respecto del poder político. “Tenemos gente que ha sido declarada inocente o culpable por estos incentivos”, subrayó, acotando que “hay buenos y malos magistrados, pero, lo que hay peor, son las redes que se han producido históricamente”.

Por su parte, Camila Musante afirmó que esta acusación “se trata de defender la justicia” y cuestionó la falta de sanciones. Criticó, además, la falta de respuesta del máximo tribunal del país al señalar que “la Corte Suprema se ha convertido en la supremacía de la burla”. A su juicio, es necesario que “se acabe esa impunidad de una vez por todas”.

Para Lorena Fries, el libelo es claro, porque Ulloa ha vulnerado la probidad, la ética y los deberes esenciales del cargo. Planteó que su conducta, lejos de fortalecer la independencia judicial, abre espacios de influencias indebidas y relaciones con actores que buscan torcer la justicia para obtener beneficios personales. Sostuvo que Chile ha sido testigo de cómo algunos compran el acceso a la justicia, mientras la mayoría sólo pueden esperar. “Es un síntoma de una enfermedad grave, una justicia capturada por intereses”, concluyó.

Finalmente, Ana María Gazmuri destacó que los hechos denunciados implican “la violación de principios básicos del ordenamiento jurídico”. Igualmente, evaluó que “son la columna vertebral del sistema de justicia y que nos sostiene como sociedad”. “No se busca castigar ni humillar, sino reparar y señalar que nadie está por encima de la ley”, puntualizó.

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