En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Marcela Norris Bustos (presidenta), Paola Schisano Pérez y Antonia Flores Rubilar (redactora)– aplicó, además, a B.I.H.V. y D.I.V.S. un año de libertad asistida especial, como autores del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego.
Concepción, 25 de Agosto de 2026.- El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción sancionó a los adolescentes B.I.H.V. y D.I.V.S. a 8 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, en calidad de coautores del delito consumado de homicidio calificado. Ilícito perpetrado en junio de 2024, en la comuna de Coronel.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Marcela Norris Bustos (presidenta), Paola Schisano Pérez y Antonia Flores Rubilar (redactora)– aplicó, además, a B.I.H.V. y D.I.V.S. un año de libertad asistida especial, como autores del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde noche del 10 de junio de 2024, B.I.H.V. y D.I.V.S., se reunieron con la víctima, Cristián Yévenes Montecinos, a quien llevaron hasta el balneario de Playa Blanca, comuna de Coronel, lugar donde le dispararon en reiteradas ocasiones, tal como lo habían acordado previamente. La víctima falleció en el lugar debido a un traumatismo torácico complicado por impacto balístico.
En tanto, en horas de la tarde del 22 de octubre de 2024, en las inmediaciones de la intersección de calle Camilo Henríquez con pasaje Cancha Rayada de la población Polvorín, comuna de Lota, en cumplimiento a una orden de detención, personal de la Policía de Investigaciones sorprendió a B.I.H.V. y D.I.V.S., en posesión de un revólver calibre .38 especial, con cinco cartuchos balísticos y una vainilla percutada en el cilindro, y una pistola calibre 9 x 19 milímetros, con dos cartuchos balísticos, especies aptas para el disparo.
En la causa, el tribunal decretó la absolución del menor B.I.H.V. y los adultos Crhistian Byron Lorenzo Muñoz Veloso y Bastián Andrés Rodríguez Flores de los cargos que le formuló el Ministerio Público como autores del delito consumado de homicidio calificado de Axel Concha Morales, cometido el 26 de junio de 2024, en la comuna de Coronel.
“No habiendo ejecutado ninguna conducta típicamente relevante el acusado B.I.H.V. para dar muerte al ofendido Axel Concha ese día 26 de junio de 2024, como se colige del video, era menester acreditar el concierto previo con el autor material para dar muerte a la víctima, no obstante, los antecedentes allegados fueron insuficientes, como se indicó, y algunos de ellos se contraponen a un posible acuerdo entre B.I.H.V. y Mario Vega (fallecido), y a un conocimiento de que Mario Vega dispararía rápidamente en contra de la víctima cuando descendieran del automóvil, ese día en el pasaje Laguna Icalma, por lo que no puede, en atención a la falta de acreditación del concierto previo, atribuirse participación de autor a B.I.H.V., como fue planteado por los acusadores”, consigna el fallo.










