Se trata de dos imputaciones por haber incumplido su permiso ambiental y por no responder a un requerimiento de información realizado por la Superintendencia. El proyecto consiste en el suministro de agua potable y tratamiento de aguas servidas al sector de Panitao, comuna de Puerto Montt.
Santiago, 26 de Agosto de 2025.- En el marco de su investigación por este caso, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió iniciar un procedimiento sancionatorio, con la formulación de dos cargos, contra la empresa de servicios sanitarios San Isidro, por incumplimientos ambientales en su proyecto de solución de agua potable y aguas servidas “Panitao-ESSSI”, que se encuentra ubicado en la comuna de Puerto Montt de la Región de Los Lagos.
Como parte de sus gestiones, la SMA realizó una fiscalización ambiental al proyecto, con el objetivo de verificar la operación de la planta de tratamiento de aguas servidas, la calidad del efluente y del curso de agua receptor, correspondiente al río Gómez. Posteriormente, y en virtud de hallazgos identificados en la inspección y ante la falta de información requerida en la ocasión, la Superintendencia realizó un requerimiento de información a la empresa, el cual a la fecha no ha sido respondido.
En el requerimiento, la SMA solicitó al titular información respecto de los monitores de calidad de aguas que se debieron realizar durante la época de construcción de la Planta, y sobre aquellos que se debían realizar una vez iniciada la operación. Esta falta de respuesta deriva en un cargo clasificado como grave, de acuerdo con lo dispuesto por la ley orgánica de la Superintendencia.
Por otra parte, se formuló un cargo gravísimo debido a que la empresa no efectuó ni reportó los monitoreos limnológicos de la calidad de las aguas del Río Gómez, cuya ejecución tuvo que verificarse entre enero de 2020 y julio de 2024, y dichos resultados debían ser reportados a la SMA antes del término del año. El objetivo de los informes de seguimiento es dar cuenta del comportamiento de una variable ambiental según el avance de un proyecto, por lo que resulta fundamental para la Superintendencia contar con información periódica a fin de asegurar que las variables relevantes, objeto de la evaluación ambiental, evolucionen conforme a lo proyectado.
La Superintendencia del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, señaló que “es fundamental que los titulares del proyecto cumplan con los compromisos que se establecen en sus evaluaciones ambientales. En el caso de los monitoreos, estos cumplen un objetivo claro que es poder verificar el cumplimiento tanto de las RCA como de la normativa, a fin de detectar posibles afectaciones al medioambiente”.
La jefa regional de la SMA en Los Lagos, Ivonne Mansilla, agregó que “en las fiscalizaciones no se pudo acreditar que el monitoreo exigido para hacer seguimiento a la calidad de las aguas fuera realizado desde el inicio de la operación por parte de la empresa. Esta situación fue confirmada por un examen de información hecho por la DGA”.
La empresa cuenta con un plazo de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 22 días hábiles para presentar sus descargos.
Para más información revisa el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) en: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/4225










