En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de protección presentado por la Municipalidad de La Reina por el cierre del Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam) de la comuna.
Santiago, 08 de Diciembre de 2024.-La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por la Municipalidad de La Reina por el cierre del Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam) de la comuna.
En fallo unánime (causa rol 1.775-2024), la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Juan Cristóbal Mera, la ministra María Loreto Gutiérrez y la abogada (i) Sara Moreno– descartó actuar arbitrario e ilegal en la clausura del hogar de acogida, ordenada por el Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama).
“Que sin perjuicio de lo resuelto precedentemente, esta Corte pronunciándose sobre el fondo del asunto, advierte que la actuación que se acusa de arbitraria e ilegal y que vulnera la garantía consagrada en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política, es el cierre por parte de SENAMA, del hogar ELEAM de La Reina, que acoge a 41 personas mayores, vecinos de la comuna de La Reina, administrado por el Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad (CONAPRAN)”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que la medida adoptada por la recurrida, no puede estimarse ni arbitraria ni ilegal puesto que obedece a lo manifestado en la cuenta pública, por el Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad (CONAPRAN), administrador de los centros de larga estadía para adultos mayores vulnerables, a lo largo del país”.
“En este contexto y en lo que atañe al recurso, lo expuesto por la recurrida Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) y por el Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad (CONAPRAN), permite descartar cualquier tipo de ilegalidad o de arbitrariedad en su proceder, pues demuestran que la decisión adoptada no vulnera ninguna norma legal, y tampoco se sustenta en el mero capricho de la recurrida, quien por el contrario, emitió su parecer fundado en lo informado por el Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad (CONAPRAN) en la cuenta pública, acerca del cierre de varios de sus establecimientos de larga estadía para adultos mayores a lo largo del país, debido a que la Ley de Presupuestos para el año 2024, dispuso una rebaja del 69% de los recursos que se entregaban para el funcionamiento de los doce centros para adultos mayores. La falta de recursos para mantener en buenas condiciones de funcionamiento al Centro de Adulto Mayor de La Reina, es el motivo real que obligó a la recurrida a adoptar esta medida”, detalla el fallo
“Que de lo expuesto precedentemente y por no configurarse en la especie el supuesto básico que justifica otorgar protección constitucional, que es la existencia de un acto u omisión que pueda ser calificado de ilegal o arbitrario, esta acción cautelar, debe ser desestimada”, concluye.










